velocidad de circulaciÓn monetaria - significado y definición. Qué es velocidad de circulaciÓn monetaria
Diclib.com
Diccionario en línea

Qué (quién) es velocidad de circulaciÓn monetaria - definición

Libertad de movimiento; Libre circulación de personas; Libertad de circulacion; Libre circulacion de personas; Libertad de tránsito; Circulación libre

Unión monetaria         
SITUACIÓN EN LA CUAL DOS O MÁS PAÍSES ACUERDAN COMPARTIR LA MISMA MONEDA
Unión Monetaria; Union monetaria; Integración monetaria; Integracion monetaria; Union Monetaria
En economía, una unión monetaria es la situación en la cual dos o más países acuerdan compartir la misma moneda, si bien no es necesario que tengan mayor integración económica, como en el caso de una unión económica, en la cual existe adicionalmente unión aduanera y mercado común. De esta manera, los países ceden su soberanía monetaria, de manera parcial o total, en función de una entidad financiera supranacional o extranjera (como un banco central) que regula las cuestiones propias de la divisa.
Circulación         
PÁGINA DE DESAMBIGUACIÓN DE WIKIMEDIA
Circulacion
El término circulación (del latín circulatĭo, -ōnis) es el movimiento continuo de la sangre en el cuerpo del ser vivo.
circulación         
PÁGINA DE DESAMBIGUACIÓN DE WIKIMEDIA
Circulacion
sust. fem.
1) Acción y efecto de circular.
2) Tránsito por las vías públicas. Por antonomasia, el de automóviles.
3) Economía. Movimiento de los productos, monedas, signos de crédito y, en general, de la riqueza.
4) Parte de la economía política que estudia estos fenómenos o hechos.
5) Química. Operación que consiste en tratar por medio del fuego una substancia contenida en un matraz, de modo que los vapores que de la misma se desprenden se condensen en otro matraz y vuelvan a la masa de donde salieron.

Wikipedia

Libertad de circulación

La libertad de circulación, también enunciado como libertad de movimiento, es un concepto de los derechos humanos por el cual toda persona tiene derecho a moverse libremente, ya sea dentro de un país o de un país a otro. Está reconocido parcialmente en el artículo 13º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos,[1]​ según el cual un ciudadano de un estado tiene la libertad de viajar y residir en cualquier parte del estado en el que a uno le plazca dentro de los límites de respeto a la libertad y los derechos de los demás, y a dejar ese estado y volver en cualquier momento.[2]​ Sin embargo, este artículo no incluye ni ampara el derecho de cualquier persona a entrar libremente en otro país que no sea el suyo, es decir, que no se reconoce ni el derecho de entrada ni el derecho a la inmigración individual ni colectiva.[2]