laudo - significado y definición. Qué es laudo
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Qué (quién) es laudo - definición

RESOLUCIÓN DE UN CONFLICTO ENTRE DOS PARTES DICTADA POR UN TERCERO QUE ACTÚA COMO ÁRBITRO
Laudo arbitral; Laudo Arbitral
  • Alfonso XIII]] en 1906 para resolver mediante laudo el conflicto fronterizo entre [[Honduras]] y [[Nicaragua]].

laudo         
sust. masc.
Derecho. Fallo que dictan los árbitros o arbitradores.
laudo         
Derecho.
Fallo pronunciado por los árbitros o amigables componedores en los asuntos que de forma voluntaria les son sometidos por las partes. Para las partes el laudo tiene fuerza de cosa juzgada.
laudo         
laudo (de "laudar") m. Der. Decisión de un árbitro o amigable componedor. *Sentencia.

Wikipedia

Laudo

Laudo es la denominación de la resolución que dicta un árbitro y que sirve para dirimir (resolver) un conflicto entre dos o más partes. El laudo es solamente la resolución de un árbitro, las resoluciones de un juez no llevarán nunca este nombre.

El equivalente al laudo en el orden jurisdiccional es la sentencia, que es la que dicta un juez. La diferencia estriba en que, mientras que la jurisdicción del juez viene marcada por la ley, la jurisdicción del árbitro viene dictada por la autonomía de la voluntad. Por lo tanto, el arbitraje debe ser aceptado por ambas partes (ya sea de forma previa, a través de un contrato, o de posteriormente, cuando ya ha surgido el conflicto) como forma de resolver el litigio

Ejemplos de uso de laudo
1. De laudo en laudo Pero el rezago parece más brutal.
2. Y la sección 21 anuló otro laudo de La Corte de Arbitraje, que había presentado un recurso de apelación por un laudo impugnado.
3. Pero consideró que un laudo favorable a la Argentina podría ser desconocido y la resolución del caso seguiría aplazándose.
4. Es una política de Gobierno÷ no puede haber laudo arbitral por encima de las disposiciones de la Constitución.
5. Y es que las empresas arbitrales fijan un plazo aproximado de entre 30 y '0 días para obtener un laudo arbitral (sentencia firme de obligado cumplimiento). La Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad se compromete a tener un laudo en 30 días, y de no ser así, adelanta el importe por rentas que se solicite en la indemnización.